A partir del 1 de enero del 2021 el permiso de paternidad se equipara con el de maternidad a 16 semanas que se pueden disfrutar ininterrumpidas tras el parto o adopción o de manera fraccionada, siendo obligatorio disfrutar de 6 semanas tras el nacimiento o adopción y el resto, a partir de la semana 6 y, como máximo, hasta que el hijo/a tenga 12 meses.

* En caso de disfrute interrumpido se requerirá, para cada período de disfrute, un preaviso de al menos 15 días y se realizará por semanas completas.

Toda la información en los siguientes enlaces:

PERMISO PATERNIDAD
PERMISO MATERNIDAD
PERMISOS Y LICENCIAS

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