En las últimas fechas, están apareciendo muchas noticias e información relacionada con los sueldos, las pagas extraordinarias y la subida salarial y pensamos que se está creando bastante confusión. Vamos a intentar poner un poco de orden y aclararlo todo:

PAGAS EXTRAORDINARIAS – COMPLEMENTOS

La Sentencia del Tribunal Supremo 822/2025 establece, de forma simplificada, que las pagas extraordinarias deben incluir todos los complementos. A raíz de esta sentencia, en otras CC.AA. en las que no se perciben todos estos complementos, se están poniendo en marcha campañas para reclamar que las pagas extraordinarias los incluyan.

No es el caso de CLM, donde se perciben todos los complementos y no existe dicho perjuicio. Por lo tanto, no hemos lanzado dicha campaña como si hemos hecho con otras que desde la Asesoría Jurídica de STE-CLM consideran que tienen recorrido:

PAGAS EXTRAORDINARIAS – RECORTES

El Real Decreto-ley 8/2010 introdujo un recorte en las pagas extraordinarias justificado en la situación de «extraordinaria y urgente necesidad» y que ya no se sostiene en el actual contexto de crecimiento y estabilidad.

Este recorte se traduce en una merma del salario base y los trienios en las pagas extras, que se ven reducidas desde el 2010 en un 33 % en Maestros/as y un 46 % en EEMM.

Posteriormente, el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su art. 22.4 dispone que:

Las pagas extraordinarias serán dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias. […] Las retribuciones básicas incluyen: sueldo base y trienios”.

Este recorte se traduce en términos absolutos en hasta 11.031 € en Maestros/as y 18.344 € en EE.MM.

SUBIDA SALARIAL

Por otra parte, ha estado presente la negociación de la subida salarial, que desde STE-CLM hemos calificado como auténtica estafa y que en ningún caso permite recuperar la brutal pérdida de poder adquisitivo que sufrimos el colectivo docente y que actualmente se sitúa en el 23,7 %.

Más info → https://ste-clm.com/subida-salarial_/

CONCLUSIÓN

Tanto la pérdida de poder adquisitivo como el recorte en las pagas extraordinarias es algo que llevamos denunciando tanto en mesa sectorial de Educación en CLM como a nivel ministerial con STEs-I. Asi mísmo, se han lanzado campañas en los medios denunciando todo este perjuicio.

Más info → https://ste-clm.com/perdida-poder-adquisitivo-docente/

Tanto una subida salarial digna como la eliminación del recorte en las pagas extraordinarias es cuestión de voluntad política, y conseguirlo se enmarca más en el proceso negociador y de acción sindical.

RECLAMACIÓN

Sin embargo, el EBEP es claro y el texto refundido es posterior a la introducción del recorte en 2010 de las pagas extraordinarias, por lo que ponemos a disposición del profesorado un MODELO PARA RECLAMAR la percepción de las pagas extraordinarias al completo (más abajo). Aparte del recorrido judicial que pueda tener, en cualquier caso serviría como medida de presión que se sumaría a las que venimos desarrollando.

IMPORTANTE: Al devengarse las pagas extraordinarias cada 1 de diciembre y cada 1 de junio, aquellos/as que pretendan reclamar la cuantía adeudada de la paga extraordinaria de diciembre de 2021, deberán interponer la correspondiente reclamación ANTES DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2025, ya que solo es posible reclamar contra las cuantías adeudadas cuatro años anteriores a la fecha de la solicitud del reintegro, según el artículo 25 de la Ley General Presupuestaria

Descarga MODELO RECLAMACIÓN

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