De este reconocimiento se derivan dos efectos:
EL ADMINISTRATIVO: Principal reclamación, que permite que la hoja de servicio se vea incrementada con todos esos días de servicio, con las consecuencias que de ello se derivan en los diferentes procesos (oposiciones, concurso de traslados, etc.).
EL ECONÓMICO: Pues los periodos de reconocimiento de trienios y sexenios habría que adelantarlos en el tiempo.
La reclamación, legalmente, abarca hasta 4 años desde la fecha de registro de la solicitud.
La administración, a sabiendas que tenía la obligación de reconocer dichos servicios (se ve claramente en las Resoluciones de contestación a los Recursos de Alzada), aprovechó la ocasión para “endulzar” el acuerdo de mejoras planteado. Si bien, el caracter retroactivo se remontó al 2010 en lugar de los 4 años que marca la normativa, entendemos que el desarrollo informático necesario era el mismo en ambos casos.
Desde STE-CLM hemos mantenido un contacto directo con la Consejería de Educación para ver como se implementaban. El reconocimiento de los servicios, como sabéis, se produjo en el mes de noviembre. Pero los efectos económicos derivados de estos seguían sin reconocerse a fecha de hoy. Hasta ahora la respuesta de la administración era que se realizaría también de oficio. Pero no era clara del todo, por lo que en diciembre de 2025 os animábamos a que igualmente realizaseis la reclamación. Ver AQUÍ.
Hasta hace una semana la administración seguía manteniendo el criterio, pero este ha cambiado una vez el servicio de Intervención Económica ha negado que pudiera realizarse de oficio, por lo que, AHORA SI HABRÁ QUE REALIZAR LA RECLAMACIÓN DE DICHOS EFECTOS ECONÓMICOS IRREMEDIABLEMENTE.
Por lo que se presentan las siguientes variantes:
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