RECLAMACIÓN DEL PERIODO DE VACACIONES COTIZADO EN LA SEGURIDAD SOCIAL CUANDO TE CESAN, COMO SERVICIOS PRESTADOS EN LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA.
Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo estima que el periodo de vacaciones cotizado en la Seguridad Social debe ser reconocido como servicios previos prestados en la Administración, porque dicha actuación es discriminatoria respecto al tratamiento que se le da a los funcionarios de carrera.
Hablamos de las vacaciones retribuidas no disfrutadas que aparecen en tu nómina cuando eres cesado. Dichos días aparecerán en tu vida laboral. Sin embargo no lo harán en tu hoja de servicio. Es algo que venimos reclamando a la administración educativa de Castilla-La Mancha, pues no le supone ningún desembolso y crea una situación de agravio comparativo con respecto a otras comunidades que si incorporan este periodo a la hoja de servicio.
En base a lo establecido en la Sentencia del Tribunal Supremo se reconocerían esos periodos como servicios previos prestados en la Administración, que pueden tener mucha relevancia en el concurso-oposición, en el concurso de traslados, en los periodos de reconocimiento de trienios y sexenios….
HACER RECLAMACIÓN A TRAVÉS DE STE-CLM
Es necesario, por tanto, hacer una reclamación de reconocimiento de dichos periodos como servicios prestados a la Administración, por un periodo de 4 años con carácter retroactivo.
Las personas que pueden realizar dicha reclamación son los y las docentes que hayan prestado servicios como personal interino en estos últimos 4 años y que en el momento de su cese la Seguridad Social cotizara su periodo de vacaciones (aunque actualmente seas funcionario/a de carrera o en prácticas). Si estás interesado en realizar dicha reclamación, rellena el siguiente formulario:
El plazo para inscribirse acaba el 7 de enero de 2025. A partir de ahí os llegará un correo con toda la información para proceder a dicha dicha reclamación.
A lo largo de dicho plazo debes recabar los documentos que se deben adjuntar con la reclamación que son, tú hoja de servicios actualizada, que la puedes encontrar en la intranet y tú vida laboral que puedes conseguir a través del portal de la Seguridad Social.
La Asesoría Jurídica del STE-CLM, considera que la Administración educativa tiene que cumplir la Sentencia del Tribunal Supremo y estimar dichas solicitudes.