Desde que la Consejería cambió su criterio para baremar la puntuación del apartado 1.1.3. del Concurso General de Traslados, la destinada a baremar la experiencia en centros catalogados como de “Especial Dificultad”, de forma unilateral y con todos los sindicatos en contra, algunas personas iniciaron procesos judiciales que tras pasar por juzgados contenciosos administrativos y el TSJ de Castilla-La Mancha, llegaron al Tribunal Supremo, quien ha dictaminado que los criterios seguidos no se ajustaban a derecho.

Como consecuencia, llevamos al menos 6 años con baremaciones mal hechas, que han provocado que haya personas que han obtenido plaza donde no les correspondía y al revés, personas que debían haber tenido un destino acorde a sus méritos.

El principal problema ha sido la pérdida de la puntuación obtenida en años previos, si un centro dejaba de ser catalogado como de “Especial Dificultad”, o si la persona concursaba desde un centro de destino provisional (por estar en expectativa de destino, en concursillo o en comisión de servicios).

Desde STE-CLM siempre hemos denunciado la ilegalidad que suponía la pérdida del “efecto mochila”, que ha borrado de sus puntuaciones la experiencia desempeñada en condiciones especialmente difíciles, a cientos de participantes en los procesos de estos años y hemos defendido que la normativa se debe aplicar sin interpretaciones lesivas.

El proceso competitivo más importante para el profesorado funcionario de carrera debe regirse por una normativa garantista, sin las arbitrariedades que ahora han provocado que existan perjudicados y beneficiados por la aplicación de una visión restrictiva de la normativa. Esta visión restrictiva, que llevamos años denunciando, no solo ha perjudicado a compañeras y compañeros dentro de nuestra región, sino también en los concursos de traslado de ámbito nacional, en los que el profesorado de Castilla-La Mancha partía en desventaja con aspirantes de comunidades que aplicaban la normativa con una visión menos restrictiva.

Quienes fueron por la vía judicial han visto resarcidos sus derechos… 6 años después. Algunos, ya ni siquiera quieren reclamar el destino que les correspondía y prefieren seguir en el que han conseguido mucho después. Otros, al no haber iniciado el proceso judicial, no tienen opción de reclamar el destino que les correspondía. En STE-CLM creemos que en base a lo establecido en la sentencia del Tribunal Supremo, se debería revisar de oficio los concursos de traslados previos reparando los perjuicios causados por una interpretación incorrecta de la normativa.

Por otra parte, la Administración anunció la aplicación del cambio en el criterio de baremar este apartado, en el momento de la publicación de la baremación provisional de enseñanzas medias, diciendo que todos los afectados reclamen este punto. Nos parece una falta de respeto al personal de las Delegaciones, ya bastante afectadas por la endémica falta de personal que arrastran desde hace años, y que ha tenido que gestionar una ingente cantidad de reclamaciones a contrarreloj.

Por último, añadir que desde STE-CLM nos parece indignante que la Administración publique el baremo definitivo del cuerpo de enseñanzas medias el día 19 de febrero, cuando se nos había convocado a los sindicatos a la comisión de baremación en la Delegación Provincial de Toledo el día 22 de febrero, una nueva falta de coordinación entre la Consejería y la Delegación que consideramos una total falta de respeto hacia los representantes del profesorado de la provincia de Toledo.

Por todo lo anterior, STE-CLM exige a la Consejería que cese de sus cargos a las personas responsables de la mala gestión por los graves problemas ocasionados.

HACEMOS LO QUE DECIMOS, DECIMOS LO QUE HACEMOS