Desde STE-CLM queremos recordar al profesorado de FP que se ha integrado en el Cuerpo 590 (A1), que deben hacer Autoliqudación complementarias del IRPF de los ejercicios anteriores, en los que son computables los atrasos.

  • Los importes de atrasos se han imputado en su año fiscal correspondiente. En el Certificado de Retenciones del año 2023 (Intranet docente) se reflejan de manera desglosada por años.

  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2.b, segundo párrafo, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el caso de que su certificado recoja rendimientos abonados (atrasos) ha de tener en cuenta que:

      • Si son imputables a 2023 deberán incluirse en la declaración de Renta de este ejercicio.
      • Si son imputables a ejercicios anteriores a 2023, deberá presentar una declaración de Renta complementaria del ejercicio correspondiente en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración de la Renta 2023 (hasta 1 de julio 2024).
MÁS INFO: Agencia Tributaria

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