
Desde STE-CLM queremos recordar al profesorado de FP que se ha integrado en el Cuerpo 590 (A1), que deben hacer Autoliqudación complementarias del IRPF de los ejercicios anteriores, en los que son computables los atrasos.

Desde STE-CLM queremos recordar al profesorado de FP que se ha integrado en el Cuerpo 590 (A1), que deben hacer Autoliqudación complementarias del IRPF de los ejercicios anteriores, en los que son computables los atrasos.
Los importes de atrasos se han imputado en su año fiscal correspondiente. En el Certificado de Retenciones del año 2023 (Intranet docente) se reflejan de manera desglosada por años.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2.b, segundo párrafo, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el caso de que su certificado recoja rendimientos abonados (atrasos) ha de tener en cuenta que: