De conformidad con lo establecido en el artículo 369 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, se procederá la devolución de la tasa en los siguientes casos:

  • DUPLICIDAD DEL INGRESO
  • EXCLUSIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
  • DEMANDANTE DE EMPLEO
  • OTRAS

HACEMOS LO QUE DECIMOS, DECIMOS LO QUE HACEMOS