
Mediante este procedimiento se pueden efectuar cambios ordinarios entre Entidades de Seguro Privado de Asistencia Sanitaria, así como cambios de entidad privada a Sistema Nacional de Salud o viceversa para la percepción de la asistencia sanitaria a través de los Servicios públicos de Salud de su Comunidad Autónoma de residencia o viceversa.
1. Cambio Ordinario de Entidad sanitaria:
Como todos los años, los mutualistas tendrán derecho a la libre elección para la prestación de asistencia sanitaria entre el sistema sanitario público de comunidades y ciudades autónomas y las entidades de asistencia sanitaria concertada.
Los plazos de cambio y condiciones serán los siguientes:
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Del 1 al 31 de enero de 2025 ha podido solicitarse el cambio al INSS (servicios públicos de salud), en cumplimiento del convenio suscrito con dicho organismo.
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Del 1 al 31 de mayo inclusive, con la vigencia del nuevo Concierto, se abrirá un 2º plazo (periodo especial) para realizar el cambio desde el servicio de salud a una entidad concertada, entre entidades concertadas que sean adjudicatarias del servicio, o al INSS (servicios públicos de salud).
Si usted está adscrito/a a ASISA, ADESLAS o servicios sanitarios autonómicos (INSS) y no desea cambiar, no está obligado a realizar gestión alguna.
- En cuanto a los y las mutualistas adscritos a DKV, dicho cambio deberá realizarse forzosamente entre el 1 y el 31 de mayo, esa es la previsión, y podrá tener por objeto igualmente el cambio a una entidad concertada adjudicataria o bien al INSS. En caso de no realizar el cambio MUFACE hará cambio de oficio al INSS al terminar el plazo conferido. La continuidad del servicio está garantizada HASTA EL NUEVO CONCIERTO. Para informarse, vea la página sobre el cambio forzoso de mutualistas de DKV
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Además, de acuerdo con lo previsto en el nuevo Concierto, en junio se abrirá un nuevo periodo de cambio ordinario. Este cambio permitirá optar libremente por INSS o entidad concertada.
Es importante que recuerde que:
1) Aquellas personas que hayan optado por cambiar al INSS durante el mes de enero podrán revertir su decisión en el segundo plazo (periodo especial) y adscribirse a una entidad concertada, si así lo desean. Recomendamos consultar la oferta de cada entidad antes de tomar una decisión, para garantizar una elección responsable y adecuada a sus necesidades.
2) Solo se admitirá una solicitud de cambio en cada periodo ordinario. Si no se formula solicitud de cambio ordinario se mantendrá la adscripción a la misma Entidad.
3) El efecto de realizar un cambio voluntario de entidad (lo que no incluye el cambio de los mutualistas de DKV) es inmediato, de modo que el día siguiente al del cambio sus datos y los de sus beneficiarios, en su caso, se habrán volcado ya en la nueva entidad de adscripción, con la consiguiente baja en la anterior entidad, por lo que no podrá volver a utilizar sus servicios en modo alguno. Esta inmediatez ha de tenerse especialmente en cuenta si se está siguiendo algún tratamiento médico u hospitalario, ya que realizar el cambio supondrá la interrupción así mismo inmediata de dicho tratamiento o seguimiento. Por ello, si se encuentra en esta situación, le recomendamos que consulte previamente en su Servicio Provincial.
4) En el caso de la entidad DKV, los mutualistas adscritos deberán realizar el cambio cuando se abra el mismo plazo, pero su elección no tendrá efecto hasta el final del mes de cambio, y hasta entonces la entidad DKV ha de seguir dando servicio. Informaremos detalladamente en la página informativa sobre el cambio forzoso de mutualistas de DKV.
2. Cambio fuera del periodo ordinario y cambio extraordinario a INSS:
2.1 Cambio fuera del periodo ordinario de entidad
Fuera del periodo ordinario se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción a los Servicios Públicos de Salud en varios supuestos tasados. Aparte de los que derivan de variaciones de datos de Colectivo (relacionados con el cambio de destino o de domicilio) y que, por tanto, no obedecen a motivos de asistencia sanitaria, se trata de los casos siguientes:
- Cuando se obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas. Este supuesto incluye el cambio a cualquier entidad de seguro desde la red sanitaria pública, pero no el caso contrario, que se regula en el epígrafe 2.2 siguiente.
- Cuando la persona titular pase a quedar comprendida en el colectivo del Concierto en territorio nacional al extinguirse su derecho a quedar protegida por el Concierto de asistencia sanitaria en el Exterior, siempre y cuando dicha extinción no se deba a la pérdida de la condición de mutualista.
- Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares a quienes afecte el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidad, incluidos, en su caso, los Servicios Públicos de Salud.
2.2 Cambio extraordinario a los Servicios Públicos de Salud (INSS)
Cuando la persona titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria que le afecten personalmente, o a cualquiera de las personas que tenga adscritas, y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/SEGURIDAD SOCIAL (que analiza la documentación aportada y valora la concurrencia de las circunstancias fijadas en el anexo del Convenio, en la redacción dada por la Adenda de prórroga y modificación de 16 de febrero de 2022), con los criterios que pueden justificar la estimación del cambio.
Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer 2 años con la adscripción a los Servicios Públicos de Salud, en el caso de que se estime el cambio.
1. PROCEDIMIENTO Y CANALES PARA EL CAMBIO EN PERIODO ORDINARIO
Mediante este procedimiento se pueden efectuar CAMBIOS ORDINARIOS entre Entidades de Seguro Privado de Asistencia Sanitaria, así como cambios de entidad privada a Sistema Público de Salud o viceversa.
La solicitud de cambio de entidad deberá realizarse bien por sede electrónica, bien descargando el modelo de impreso que se incluye en este apartado y enviándolo por correo postal, o acudiendo a otros registros. Le indicamos cómo hacerlo:
- A través de la Sede Electrónica de MUFACE utilizando los medios de acceso proporcionados por la plataforma Cl@ve (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN). Le indicamos cómo registrarse en Cl@ve.
- Enviando el impreso por correo postal a su oficina provincial de MUFACE. Puede encontrar la dirección en el apartado Nuestras Oficinas.
- También puede registrar su solicitud en cualquiera de los registros previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que incluye el Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (REC) .
Si no pudiera acceder o utilizar estos medios debe solicitar cita previa en su oficina, aunque recomendamos encarecidamente la opción de la sede electrónica, del correo postal o del registro electrónico, habida cuenta de la saturación que se produce en algunas oficinas.
- MODELO DE SOLICITUD DE CAMBIO DE ENTIDAD
- MODELO DE SOLICITUD PARA CAMBIO FORZOSO DE MUTUALISTAS DE DKV (EN ELABORACIÓN)
Por otra parte, recuerde que la tarjeta sanitaria la emite su entidad, no MUFACE:
- Si usted optó por entidad concertada, en una semana se la enviarán a su domicilio.
- Si usted eligió servicio público de salud, debe acudir a su Centro de Salud y solicitar su emisión.
2. PROCEDIMIENTO Y CANALES PARA EL CAMBIO FUERA DEL PERIODO ORDINARIO
Para estos cambios se podrán utilizar los mismos canales y el mismo impreso que para el cambio ordinario descrito en el apartado 1.
3. PROCEDIMIENTO Y CANALES PARA EL CAMBIO EXTRAORDINARIO A INSS
En el modelo de impreso necesariamente debe marcarse la cuadrícula o cuadrículas correspondientes al motivo o motivos por los que se solicita el cambio y acompañarse de los documentos que los acrediten y justifiquen (y que se relacionan en el modelo).
La solicitud puede presentarse, previa cita, en las oficinas de MUFACE, o enviarse por correo postal (consultar Nuestras Oficinas), así como en cualquier registro público.
Una vez elegido el tipo de asistencia, si acaba de producirse su afiliación a MUFACE o si ha cambiado de entidad en el periodo ordinario (mes de enero), podrá obtener un certificado de adscripción a entidad sanitaria tanto en la Sede Electrónica como a través de Nuestras Oficinas.
Nueva licitación de los Conciertos 2025-2027, continuidad de asistencia y cambio de entidad
Tras quedar desierta la primera licitación por la no presentación de ofertas de las aseguradoras, el Consejo de Ministros ha autorizado con fecha 17 de diciembre de 2024 la segunda licitación de los conciertos de asistencia sanitaria nacional e internacional de MUFACE para el trienio 2025, 2026 y 2027.
Se han publicado sendas convocatorias de licitación en la Plataforma de Contratos del Sector Público, Perfil del Contratante de MUFACE, (Licitaciones) y ha comenzado el plazo de presentación de ofertas para las entidades aseguradoras.
Continuidad de prestaciones
MUFACE ha adoptado medidas de ejecución inmediata para garantizar la continuidad de la asistencia sanitaria concertada a través de una Orden ad hoc, con base en la Ley de Contratos del Sector Público (art. 288) y la naturaleza de concesión de los Conciertos, por lo que se asegura la prestación de la misma en idénticas condiciones en las cuales se está disfrutando en este momento y hasta el momento en que exista nueva cobertura.
Estas medidas afectan tanto al Concierto de Asistencia Nacional (CASN) como al de Asistencia a mutualistas en el exterior (CASE).
Cambio ordinario de entidad
Como todos los años, en 2025 los mutualistas adscritos al Concierto de Asistencia Sanitaria Nacional tendrán derecho a la libre elección de asistencia sanitaria entre el sistema sanitario público de salud de comunidades autónomas y las entidades de seguro de asistencia sanitaria concertadas, pudiendo cambiar el servicio elegido.
En esta ocasión, durante el mes de enero de 2025 se podrá efectuar el cambio ordinario desde una entidad concertada a los servicios públicos de salud de comunidades y ciudades autónomas.
El cambio desde servicio público autonómico a entidades o entre entidades concertadas se podrá realizar en el momento en que se adjudique el Concierto de Asistencia Nacional.
MUFACE informará al colectivo mutualista de todos los pormenores del proceso de licitación y relacionados a través de esta página web y mediante correos y SMS al colectivo.
¡Pásate a la Sanidad Pública!
Porque es preciso detener la privatización de servicios esenciales: los convenios suponen la transferencia de 2.161 millones de euros anuales a sociedades sanitarias privadas.
Por calidad: es del dominio público que, si por desgracia tienes una dolencia grave, mejor que te pille dentro del sistema de gestión pública. La plena garantía de que no se van a escatimar pruebas y tratamientos en aras del beneficio empresarial sólo la da el sistema nacional de salud.
Porque las sociedades concertadas han restringido servicios a medida que tenían que atender a más usuarios y la media de edad de los mismos se elevaba.
ÚNETE AL CAMBIO DE TENDENCIA EN MUFACE: El 66% de mutualistas que se incorporan al sistema eligen la sanidad pública como garantía de atención para los problemas importantes salud, debido a los recortes de las compañías privadas de los últimos años.