¿DE DÓNDE SURGE ESTA INICIATIVA LEGISLATIVA?

Diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han condenado el exceso de temporalidad en las Administración públicas (19 marzo 2020, 3 de junio de 2021) y se ha instado desde la Comisión europea al Gobierno de España a modificar esta situación.

Las causas que han llevado a esta temporalidad son diversas, pero sin duda ha afectado mucho que durante los años de crisis se trató de limitar al máximo el trabajo desde las administraciones públicas en beneficio de la externalización de servicios, y cuando ya no se pudo sostener más la temporalidad se firmó el acuerdo entre Montoro y algunos sindicatos en el año 2017 que añadía la tasa de estabilización a la tasa de reposición de los años de crisis.

Ante la presión europea, el ministro Iceta firmó con esos mismos sindicatos un acuerdo el 5 de julio de 2021 que consistía en ofertar 300.000 plazas estructurales antes del 31 de diciembre de 2024 para bajar la tasa de interinidad por debajo del 8%. Estos procesos serían mediante concurso-oposición, donde la fase concurso sería del 40%, y generarán bolsas de interinos. Estas novedades son importantes en sectores donde el proceso era solo de oposición y sin la creación de bolsas, pero no en educación donde tenemos este sistema desde antes de este acuerdo. También se fija una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 meses para quienes pierdan su puesto de trabajo. Esta novedad si afectaría a educación. El acuerdo indicaba que se modificaría el EBEP, y nada más se dice de pruebas no eliminatorias o pruebas más adaptadas al puesto de trabajo, que debería ser negociado posteriormente.

MODIFICACIONES DE RD-LEY

Así se publicó el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. De entre las modificaciones, se incluye que:

    • El personal interino no podría ocupar un puesto de trabajo por una duración superior a tres años (como excepción podrá ampliarse hasta doce más en caso de que la plaza no quede cubierta). Recordamos que esto no afecta a educación porque, salvo en especialidades pequeñas y concretas, sí hay convocatoria de oposiciones cada 2 años y además los contratos son anuales.
    • Este Real Decreto debía ser convalidado en el Congreso de los Diputados donde los partidos del Gobierno no cuentan con mayoría absoluta y ante el rechazo de sus posibles socios, prometieron negociar una ley con importantes mejoras respecto de lo publicado, algunas de las cuales se dijeron en el propio parlamento. Esto sucedió el 21 de Julio, y la principal novedad que se expuso es que el personal interino que llevara 10 años ocupando una plaza estructural que nunca haya sido convocada podrá adjudicarse dicha plaza sin necesidad de realización de los procedimientos de oposición, considerando únicamente la valoración de méritos (artículo 61.6 del EBEP que siempre se ha negado constitucionalmente). Así el gobierno elevó a las cortes el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (procedente del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio)

¿EN QUÉ SITUACIÓN ESTÁ EL PROYECTO DE LEY?

El proyecto de ley está en fase de tramitación: al texto que presentó el gobierno, el resto de partidos políticos han presentado un conjunto de enmiendas que se pueden consultar en este ENLACE en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. Es muy interesante que las personas afectadas lean con atención lo que cada grupo político propone por escrito, porque es eso lo que estarán negociando con otros partidos. Hay que conocer lo que hacen nuestros representantes y no lo que dicen.

La semana pasada, se filtró a la prensa un acuerdo entre los partidos del Gobierno, PNV y Esquerra que mostraba que se están negociando la aprobación o no de algunas de estas enmiendas. Son los famosos “globos sonda” que los partidos utilizan en sus medios afines primero, y en el resto después, para saber cómo sería recogido por la sociedad esos cambios, porque hasta que no pasen por la Comisión de Política Territorial y Función Pública y se vote, no implica nada en firme.

Parece que el núcleo del acuerdo habla de convocar con carácter excepcional un concurso de méritos para consolidar los empleos ocupados por temporales de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

¿CÓMO AFECTARÁ AL PROFESORADO INTERINO?

STE-CLM es muy prudente porque hasta que no conozcamos el texto definitivo tras incorporar las diferentes enmiendas y se apruebe, no podemos hacer conjeturas.

Lo que sí sabemos es que el profesorado interino no tiene contratos ininterrumpidos desde el 1 de enero de 2016:

    • Primero, porque en el verano del 2016 aún se despedía al profesorado interino.
    • Segundo, porque los contratos son anuales en el caso de las vacantes y se interrumpen cada 31 de agosto.
    • Tercero, porque la inmensa mayoría del profesorado interino con vacante rota por diferentes centros y puestos de trabajo.

Con todo, parece que esta ley en su punto nuclear no afectará al profesorado, hay demasiados condicionantes en contra. Quizás la ley recoja la necesidad de cambiar las pruebas de la oposición, algo que STE-CLM lleva defendiendo desde hace años. Si no se hace, todas estas novedades pueden castigar a muchas personas interinas porque antes del 2024 se deben convocar todas las plazas estructurales: EOI, escuelas de arte, conservatorios, FP, especialidades pequeñas, etc. Estaríamos ante una convocatoria masiva para los años 2023 y 2024 que reducirían de verdad el número la temporalidad.

POSTURA DE STE

Con este panorama, varios STEs han convocado huelgas en sus diferentes comunidades autónomas a petición de su afiliación. En nuestra región, STE-CLM ha participado en las diferentes manifestaciones que muchas plataformas de interinos han convocado y seguiremos peleando por que todas estas medidas supongan la máxima estabilidad laboral del personal interino.

HACEMOS LO QUE DECIMOS, DECIMOS LO QUE HACEMOS