ASISTENTES:
- POR LA ADMINISTRACIÓN: Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa; Jefe del Servicio de Relaciones Laborales, Jefe del Servicio de Personal , Jefa de Servicio de FP y Viceconsejero.
- POR LAS ORGANIZACIONES SINDICALES: STE-CLM Intersindical (Fernando Villalva y Sara Merino), ANPE, CCOO, CSIF y FETE-UGT.
a
ORDEN DEL DÍA:
Punto 1: Borrador del Decreto XX/2020, de X de X, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Química y Salud Ambiental en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Punto 2: Borrador de la Resolución de XX/XX/2020 de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se convoca procedimiento de
comisiones de servicio para el curso 2020-2021, por implantación de ciclos formativos de Formación Profesional y para la renovación de determinadas comisiones de servicio en ciclos formativos que fueron obtenidas por puesto específico durante el curso 2019- 2020.Punto 3: Borrador de la Resolución de XX/XX/2020 de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se convoca procedimiento para la renovación para el curso 2020-2021 de determinadas comisiones de servicio por puesto específico obtenidas para el curso 2019-2020.
Punto 4: Borrador de instrucciones de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, sobre
Comisiones de Servicio para el curso 2020/2021.Punto 5: Borrador Decreto XX /2020, de X de XX, por el que se modifica el Decreto 35/2017, de 2 de mayo, que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Punto 6: Información sobre las medidas tomadas para la realización de actividades de la fase II en el ámbito educativo.
Antes del inicio de la reunión se ha personado la Consejera de Educación para saludar y para reincidir en que la prioridad de su Consejería es garantizar las condiciones sanitarias de toda la Comunidad Educativa y siempre siguen las indicaciones adoptadas desde las autoridades sanitarias.
Punto 1. Borrador del Decreto por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Química y Salud Ambiental.
Lo que dice la Administración:
Este nuevo título sustituye a otro LOGSE, lo tienen en 2 centros (Guadalajara y Albacete) en los que se ha constituido grupos de trabajo para elaborar este decreto. Se incluye un módulo de inglés técnico como novedad. La normativa de evaluación es de 2010 y hay que actualizarlo. Respecto a las ratios, sabe que en algún caso están sobrepasadas, pero les cuesta no admitir a alumnado, sabiendo por experiencia que luego un porcentaje abandona. Para el año que viene, saben que será complicado rebajar las ratios y adaptar los espacios; teniendo en cuenta además las características de FP, como son los talleres. Se plantean hacer turnos donde se pueda. Cualquier sugerencia, serán bienvenida. Explica que el Ministerio como ellos dan importancia a los idiomas porque las empresas son globales. La opción de trabajar en 3 años se está barajando. El Ministerio está reorganizando mucho las enseñanzas debido a los rápidos cambios del mercado laboral. Están trabajando en las pruebas de acceso, que son presenciales, para asegurar las medidas sanitarias. La dotación económica para equipamiento “llegamos hasta donde podemos” y se centran en el material más importante/urgente.
Lo que dice el STE-CLM:
Valoramos el esfuerzo de adaptación del currículo elaborado por los compañeros y compañeras de los centros implicados.
Puntos 2, 3 y 4. Borrador de la Resolución e Instrucciones de la Consejería sobre Comisiones de Servicio para el curso 2020-21.
Lo que dice la Administración:
El Director General de RRHH informa de la enorme complejidad que ha supuesto haber sacado estas comisiones adelante en las circunstancias en las que se han desarrollado los dos últimos meses y lo valora en comparación con las convocadas por otras Comunidades Autónomas, que se han limitado a sacar humanitarias y de conciliación.
Se sacan 3 decretos porque cada comisión tiene su propio procedimiento, aunque se van a sacar a la vez y con un plazo de solicitud breve pero igual para todas. Al ser por procedimiento telemático ven asumible el plazo de 5 días (del 26 de mayo al 1 de junio).
Normalmente barajan 3000 solicitudes, lo que en estas circunstancias es inviable gestionar, por lo que han optado por la renovación. Entiende que es un proceso excepcional que no se va a repetir y en el futuro volverá a ser por concurrencia como siempre ha sido.
Comenta que no se renuevan las comisiones bilingües para que puedan abrirse a libre concurrencia y que puedan ser ofertadas en Concursillo.
Lo que dice el STE-CLM:
Debido a la alarma sanitaria, se dictaron normas como el RD 463/2020 que interrumpían plazos y posteriormente el RD 465/2020 que permite continuar aquéllos indispensables; si bien, las presentes instrucciones avalan el uso restringido de esta forma de provisión configurada legalmente como excepcional. La competencia para la concesión de las CCSS a funcionarios/as docentes la tiene atribuida la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 84/2019, de 16 de julio (DOCM n° 141, de 18 de julio de 2019). Es una forma de provisión de puestos de trabajo con carácter provisional, en casos de urgente e inaplazable necesidad, ya que el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo es el concurso. De esta manera, el personal funcionario de carrera puede ser adscrito en comisión de servicios de carácter voluntario a puestos que se encuentren vacantes, así como para sustituir transitoriamente al personal funcionario titular de la plaza, reservándosele el puesto de trabajo al que se encuentre adscrito con carácter definitivo, percibiendo las retribuciones correspondientes al puesto que realmente desempeñe.
Se ha mejorado mucho en la regulación de la adjudicación de las plazas, quedando atrás aquellos tiempos donde se consideraba un “acto de gracia del delegado”, que no era discutido ni discutible. Con la implantación de las competencias en Educación, el desarrollo normativo de las presentes instrucciones ha ido aumentando y dando respuestas a la mayoría de supuestos; ha ido añadiendo matices diferenciadores e incluyendo órdenes de prelación.
Ahora es el momento de armonizar las interpretaciones que se hacen en las diferentes provincias, pulir algunos supuestos y abordar una negociación integral, ya que tiene muchos puntos en común con otras realidades tales como: actos públicos de verano para suprimidos/as, desplazados/as, reingresados/as, provisionales, en prácticas, concursillo, entre otros.
Un asunto que ponemos encima de la mesa, es el “bloqueo de plazas” para comisión de servicios en relación con la adjudicación en los actos públicos y con posterioridad en el concursillo. Ya en el curso anterior, de la lectura de las instrucciones se sobreentendía que aquellas personas que realizan petición para concursillo y a la vez para CCSS de Puestos Específicos, discapacidad o enfermedad grave; prevalecerá la CCSS por lo que serán excluidos del concursillo. Por consiguiente, la adjudicación es previa de CCSS. Sin embargo, tal y como se redacta el párrafo siguiente, para las CCSS humanitarias o conciliación, se deduce que van posterior a la adjudicación del concursillo.
Explícitamente se regula que la concesión de CCSS de Puestos Específicos depende directamente de la existencia de vacante en los puestos solicitados, y ahí es donde surge el problema; en los usos y costumbres de la Administración nos encontramos año a año con bloqueos de plazas “ad hoc” en algunas provincias para que no salgan a los actos públicos; el profesorado lo llama “se guardan plazas” y mandatan a su sindicato a denunciar la situación para poner fin a la arbitrariedad o “doble rasero”.
En el informe de STE-CLM, se adjunta un esquema con el orden de prelación observado. Si analizamos las plazas vacantes que se publican para los actos de suprimidos, desplazados, (…), no aparecen plazas en centros de nueva creación, CRIEC, Red Educal-CLM, Residencias Escolares, Aulas TEA, equipos directivos, Atención Educativa, Comunidades de Aprendizaje y FP -según los años y provincia-, British, Ejército, Centros de Menores u ONCE, que vemos que son adjudicadas con posterioridad.
Sirva de ejemplo de cómo está todo relacionado la situación creada en Torrejón del Rey (Guadalajara). Con posterioridad a la negociación de plantillas provincial y regional, se enteran por la prensa de la fusión de los centros CEIP Señorío de Muriel y CEIP Virgen de las Candelas en uno nuevo llamado nº 4. La suma de ambos colegios era de 6-16 unidades jurídicas, pero con la fusión queda en 6-13 y como resultado se pierden 4 puestos de trabajo sobre el papel, en breve recibirán unas cartas con las supresiones que de la situación se deriva. El profesorado afectado que no ha tenido conocimiento, no ha concursado en el CGT y tampoco en el concursillo y se debaten en un mar de dudas. Quienes están en esta situación quieren que al acto público salgan todas las plazas vacantes a las que pueden optar por derecho.
Una situación similar puede darse con la creación de las nuevas Unidades de Orientación, donde algunas personas en expectativa de destino, no pidieron el código del nuevo centro porque no existía; con posterioridad se creó este y otros mucho, de manera que como en Secundaria no puedes circunscribirte a una provincia, les darán de oficio en otra distinta, que no desean. Para abundar en el despropósito, si el año que viene hay jubilaciones -que las hay-, esas plazas serán cubiertas por profesorado de otras CCAA ya que las personas a quien nos referimos no podrán concursar el año que viene.
Entrando ya más en lo concreto, nos suscita dudas los siguientes supuestos:
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Estimamos que los plazos son muy cortos -26 mayo al 1 de junio-, si tenemos en cuenta además que hay muchas novedades telemáticas.
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Se nos hace raro, que no se convoquen CCSS para centros de nueva creación -que están anunciados-. En el caso de que haya varios/as aspirantes para las CCSS en centros de nueva creación, ¿cómo se resuelve?
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Tampoco han sido convocadas las CCSS para de Residencias escolares, donde hay personas ocupando provisionalmente esas plazas. En el caso de que haya varios/as aspirantes para las CCSS, ¿cómo se resuelve? ¿No sería más adecuado ofertarlas primero a personas desplazadas del propio centro? ¿Se renovarán de oficio?
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De la misma manera, ¿qué hacemos con las personas que ocupan las CCSS en los Centros de Educación Especial, al no haber sido convocadas? ¿Se renovarán de oficio?
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En las CCSS de FP se da la circunstancia de que en algunos casos se concede el Puesto Específico y al llegar al centro, en el reparto de horas lectivas del Departamento, acaban teniendo otro perfil. Esta circunstancia debería quedar aclarada.
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Dentro de las CCSS de FP, ¿qué se considera “proceso de consolidación? En el curso actual eran 3 años. Creemos que se debe eliminar el tiempo máximo, ya que las plazas funcionales en FP tienen un porcentaje altísimo y además esa limitación no se tenía en consideración.
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En el caso de CCSS de violencia de género, dado que la administración de Justicia es muy lenta, debe articularse un protocolo rápido, que pudiera ser adjuntar la denuncia y posterior informe del Instituto de la Mujer -en el articulado no lo cita expresamente-.
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Casi todos los años desde las Delegaciones Provinciales se nos dice que las CCSS a equipos directivos que no son la Dirección, no se va a conceder, otras veces que hasta fin de mandato; en cualquier caso no hay nada regulado al respecto. Debería hacerse.
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¿Qué hacemos con la gente que tenía una CCSS de bilingüismo y que no ha realizado el concursillo?
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El orden de prelación de los actos públicos viene regulado en las instrucciones de fin de curso, pero en ocasiones no se cumple, ahora tenemos además la novedad de las renovaciones, ¿se entiende que las renovaciones van antes que los actos públicos del verano?
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La experiencia nos dice que habitualmente se producen errores, respecto a la norma: “adjudicado destino en comisión de servicios, la aparición de plazas con posterioridad no implicará, en ningún caso, modificación del destino adjudicado”; ¿no se contempla alguna excepción?
Lo que dice la Administración:
El Director General de RRHH responde que aunque entiende que los adjudicatarios de comisiones de servicio de centros bilingües son conocedores de la limitación a un año de dicha comisión y que, por tanto, podrían haber optado a solicitar el concursillo. Considera que ya hay suficientes docentes habilitados en idiomas, por lo que no ve necesaria la continuación de su consideración como puesto específico.
Pero entiende las causas de excepcionalidad del presente curso y, de esta manera considera la inclusión de las comisiones bilingües, de residencias escolares y de centros y unidades de educación especial entre las renovables.
Pero advierte que no se volverá a convocar comisiones bilingües.
Informa del orden de prelación seguido por la Administración en la adjudicación de plazas:
1º Readscripción de suprimidos en el mismo centro (maestros).
2º Adscripción de desplazados en el mismo centro.
3º Comisiones de Servicio a puesto específico.
4º Suprimidos.
5º Desplazados.
6º En expectativa.
7º Reingresados.
8º Comisiones de servicio por enfermedad grave o discapacidad.
9º Concursillo.
10º Comisiones de servicio humanitarias.
11º Comisiones de servicio por conciliación familiar.
12º Funcionarios/as en prácticas.
13º Interinos.
Respecto a las Comisiones de FP: este año se han creado 102 plazas en plantilla y se han ofertado en el CGT, por lo que limita la necesidad de comisiones en este cuerpo.
El Jefe de Servicios de Plantillas incide en la dificultad de gestión en estas circunstancias. Van muy justos de plazo y no pueden alargar los 5 días que establecen.
Puede asegurar que no se guardan vacantes.
El Jefe de Servicios de Cupos abunda en que la Administración no se “guardan” plazas y que muchas son frutos de la matriculación de septiembre-octubre, que no pueden ser planeadas para la creación de cupos en junio.
No se ha creado ninguna Unidad de Orientación nueva, solo se ha modificado alguna nomenclatura o código, por lo que no se ve afectado el CGT.
En el caso de la localidad de Torrejón del Rey, se ha asumido a toda la plantilla de los dos centros fusionados y se les ha dado la opción de suprimirse, para que en el próximo CGT puedan concursar desde esa situación.
El Viceconsejero vuelve a incidir en el aspecto de paulatina sustitución de determinadas comisiones de servicio por otros sistemas de adjudicación de plazas.
Punto 5. Borrador del Decreto por el que se modifica el Decreto 35/2017 que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios.
Lo que dice la Administración:
El Viceconsejero anuncia que como no se pueden reunir las comisiones de selección solo queda la opción de “nombramiento extraordinario”, para evitar que estos nombramientos extraordinarios sean de 4 años, se ha optado por añadir una disposición adicional al decreto vigente, para limitarlo a 1 curso.
Se va a dar la opción al director o directora del centro de prorrogarse, o si no quisiera prorrogar, dar la opción de proponer candidatura.
Lo que dice el STE-CLM:
En STE-CLM entendemos que las circunstancias sanitarias han impedido dar inicio al proceso de selección de director o directora en aquellos centros en los que no se renovaba el equipo directivo, y vemos correcto dar la opción de que el equipo actual continúe de manera excepcional por un curso más. Sin embargo nos gustaría que se reflejase en el decreto, la opción de que, en aquellos casos en los que la actual dirección no quiera continuar y hubiera alguna candidatura en el centro, se permitiese que dicha candidatura fuese valorada por el Claustro y el Consejo Escolar, para poder ejercer la dirección, también de manera excepcional, hasta que el próximo año pudiera defender el proyecto ante la prescriptiva comisión de selección.
Lo que dice la Administración:
Esta modificación no impide esta opción, cualquier director o directora puede someter esta decisión a la valoración de Claustro o Consejo Escolar.
Punto 6. Información sobre las medidas tomadas para la realización de actividades de la Fase II en el ámbito educativo.
Lo que dice la Administración:
La Guía de medidas que se trató en el Comité de SSL de ayer son ministeriales, que creen que se pueden aplicar en CLM junto a la libertad que han dado a los centros para llevarlas a cabo bajo el principio de mínima y puntual incorporación a los centros.
– Se priorizará el teletrabajo, como hasta ahora.
– Solo alumnado de 2º Bach. Y 2º CFFP: Solo se asistirá a los centros de forma puntual y bajo demanda del alumnado de 2º de Bachillerato (por la EvAU) o de 2º de CFFP, con dudas puntuales y con cita previa, con una antelación de 48 horas. El profesorado de alumnado de 4º de ESO no tendrá que ir.
– Se da autonomía a los equipos directivos. Si tuviera que ir el profesorado de este alumnado (2 Bach. Y 2º CFFP) puntualmente a atender dudas/demandas de este alumnado, se tendrá en cuenta la vulnerabilidad de cada docente, priorizándose la atención por parte de profesorado NO vulnerable.
– Horario centros educativos: Habrá flexibilidad en la apertura. Tel horario oscilará entre las 9 a 14 h y tendrán que ir entre 2 y 5 días, dependiendo de las circunstancias de cada centro y cada sitio.
– Habrá más Comités de SSL para afrontar medidas a las próximas fases de la desescalada y en concreto para tomar medidas de cara a la EvAU y las pruebas de Acceso a Ciclos de FP.
– Los futuros gastos de los centros en materia de prevención e higiene la harán los centros, siempre con el apoyo y ayuda de la Administración, que hará lo posible porque los centros no tengan ninguna carencia de otro tipo (calefacción, material, etc.)
– Espacios Curso 2020-21: Se buscarán todas las variables para encontrar los espacios necesarios en los centros (modificar ratios, más aulas…) para respetar las medidas de seguridad (2 metros). Se planteará un aumento de plantilla donde haga falta.
STE-CLM:
Vemos positiva la limitación de la presencialidad en los centros a los grupos estipulados y de la manera en la que se ha planteado.
Desde STE-CLM entendemos que la situación actual es difícil y se están tomando decisiones adecuadas como la de no volver a las aulas hasta septiembre, lo que valoramos gratamente.
Desde STE-CLM, y sin tener la certeza de que el próximo lunes algunas de las provincias de nuestra comunidad autónoma entren en la Fase 2, y sabemos que CLM es una de las comunidades más afectadas, solicitamos a la Administración:
Protocolo de Desescalada: Para el presente y para el próximo curso Pedimos que se constituya un grupo de trabajo, contando con las OOSS para establecer unas pautas comunes para el próximo curso. UNA GUÍA que sirva como protocolo claro para facilitar la máxima ayuda a los equipos directivos y a todos los docentes.
Que NO vuelva ningún docente a los centros
– Pedimos QUE NO VUELVAN LOS DOCENTES hasta septiembre (salvo para tareas muy puntuales e imprescindibles) si no hay necesidad, para evitar cualquier riesgo. El teletrabajo debe ser la opción primordial
– Las personas vulnerables para COVID-19 NO SE TENDRÍAN QUE INCORPORAR AL CENTRO: No podemos exponerlos a una complicación en su enfermedad, en su estado de salud o en su situación de embarazo, de maternidad….
– Se amplíe la población de riesgo a la unidad familiar:. Entendemos que la epidemia no es sólo un asunto laboral sino social (que va más allá del propio docente) y hay muchos docentes que tienen a su cargo a personas mayores, personas enfermas, hijos con problemas cardiorespiratorios…