NUEVA NORMATIVA DE INGRESO A LA FUNCIÓN DOCENTE: Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades. Ver AQUÍ
El dictamen del Consejo de Estado saca de la vía extraordinaria, las plazas de reposición y de nueva creación, que irán a concurso-oposición con el RD de acceso ordinario (con pruebas eliminatorias).
Si ya habíamos denunciado ldesde STE-CLM a farsa arquitectura normativa para reducir la temporalidad al 8% en el sector educativo, donde se estabilizaban plazas y no personas; incumpliendo la normativa europea y las sentencias posteriores del TJUE sobre abuso de temporalidad, hoy el Consejo de Estado da la puntilla a las justas aspiraciones del personal eventual que durante tantos años ha ocupado plazas estructurales y que ahora puede perder su empleo.
Un cambio de última hora introducido en el texto legal a instancias del Consejo de Estado, impide que las plazas de reposición (aquellas que se convocan para cubrir fundamentalmente bajas por jubilación más fallecimientos, pérdida de destino definitivo, reingresos o saldos del CGT) y las de nueva creación, puedan beneficiarse de las dos vías habilitadas por el ministerio para facilitar la estabilización del personal interino: un concurso-oposición con pruebas no eliminatorias, y un concurso de méritos sin examen, pero al que llegan muy pocas plazas.
Los cambios que promueve tienen tal envergadura que aún no sabemos si obligará a modificar la propia Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Lo que es seguro es que antes de 31 de diciembre de 2024 convivirán -al menos- 3 procesos:
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- Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, por el sistema de concurso, para plazas que, reuniendo los requisitos anteriores, hubieran estado ocupadas con carácter temporal con anterioridad al 1 de enero de 2016, dentro de una de las vías del RD 276/2007 “extraordinario”.
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- Convocatoria con el RD 276/2007 “ordinario” para la tasa de reposición y nueva creación.
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- Convocatoria con el RD 276/2007 “extraordinario” sin pruebas eliminatorias -aunque sacando un 5 en la fase de oposición- para el resto de plazas.