La obtención de destino está condicionada a la existencia de vacante dotada presupuestariamente, que sea de necesaria cobertura y para cuyo desempeño el interesado reúna todos los requisitos exigidos.
La adjudicación de destinos se realizará en los actos de adjudicación correspondientes programados por las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes.
Para quienes tengan concedida comisión de servicios por razones humanitaria o de conciliación y a su vez hayan obtenido destino en el concursillo, prevalecerá el destino obtenido en el Concursillo.
Por la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa se dictarán las oportunas resoluciones de concesión/denegación de las comisiones de servicio, según proceda.
- RAZONES DE PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA
- CUIDADO DE FAMILIARES CON DISCAPACIDAD
- POR CUIDADO DE HIJOS (ESPECIAL ATENCIÓN)
- CUIDADO DE HIJOS MENORES DE 6 AÑOS SIEMPRE QUE ALGUNO DE LOS CONYUGES TRABAJE FUERA DE LA LOCALIDAD DE RESIDENCIA14 KB
- SITUACIONES DE EMBARAZO DE RIESGO
- CARÁCTER HUMANITARIO ENFERMEDAD FAMILIAR
- CUIDADO DE ASCENDIENTES DE PRIMER GRADO POR RAZONES DE EDAD
- CARÁCTER HUMANITARIO ENFERMEDAD PROPIA
- DOCENTES CON DISCAPACIDAD Y MOTIVOS GRAVES DE SALUD
- CUIDADO DE HIJO MENOR DE 6 AÑOS (CONCILIACIÓN)