DESCRIPCIÓN
- Los docentes mayores de 55 años tienen derecho a solicitar la reducción de jornada lectiva con la correspondiente disminución proporcional de retribuciones.
PERMISO
- Para el curso escolar completo.
SOLICIT./DOCUMENT.
- Solicitud ante el Equipo Directivo antes de la finalización del curso anterior al del disfrute de la reducción.
OBSERVACIONES
- La reducción de jornada implica una disminución proporcional de las retribuciones.
- No hay limitación en las horas de reducción.
- Se podrá solicitar siempre que se cuente con 55 años a 31 de agosto.
- Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla.
- Podrán favorecer la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza sin reducción de sus retribuciones.
NORMATIVA
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (Art.105 e)
- La reducción de jornada lectiva de aquellos profesores mayores de 55 años que lo soliciten, con la correspondiente disminución proporcional de las retribuciones. Podrán, asimismo, favorecer la sustitución parcial de la jornada lectiva por actividades de otra naturaleza sin reducción de sus retribuciones.”
Resolución de 23/07/2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la mesa sectorial del personal docente no universitario relativo a las medidas complementarias al II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (A.1)
- Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla. Para ello, lo comunicará a la Jefatura de Estudios del centro mediante un escrito con suficiente antelación al inicio de curso, y se aplicará siempre que no condicione las normas generales sobre impartición de materias y/o elección de grupos.