- El personal empleado público que participe en proyectos de acción humanitaria y de emergencia podrá obtener un permiso retribuido de hasta tres meses cada dos años, siempre que por la Dirección General competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo se califiquen las mismas como acciones humanitarias o de emergencia.
- Asimismo, el personal empleado público que desee participar en proyectos de cooperación para el desarrollo financiados por el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación podrá obtener un permiso sin retribución, cuya duración coincidirá con la de su participación en el proyecto y nunca superior a dos años.
- Tres meses cada dos años.
- Permiso por la duración del proyecto, sin superar los dos años (para proyectos de cooperación para el desarrollo financiados por el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación).
- Solicitud a la Delegación.
- Acreditación de los supuestos que motivan la solicitud del permiso.
- Para funcionarias y funcionarios de carrera e interinos.
- El permiso es retribuido.
- Para la concesión del permiso el proyecto debe tener la calificación de acciones humanitarias o de emergencia.
- Se puede pedir un permiso sin retribución, de dos años máximo de duración (a disfrutar de forma continuada), si se desea participar en proyectos de cooperación del Fondo Castellano-Manchego de Cooperación o con cargo a las partidas de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Si se disfruta del permiso del punto anterior, no se puede volver a solicitar hasta transcurridos tres años desde su finalización.
- Al personal funcionario de carrera se le reservará el puesto de trabajo al que se encuentre adscrito con carácter definitivo.
• Resolución de 02/10/2024, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se acepta el depósito y se dispone la publicación del acuerdo por el que se adecúa a la legislación vigente el II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (2.17)
◦ El personal empleado público que participe en proyectos de acción humanitaria y de emergencia podrá obtener un permiso retribuido de hasta tres meses cada dos años, siempre que por la Dirección General competente en materia de cooperación internacional para el desarrollo se califiquen las mismas como acciones humanitarias o de emergencia.
◦ El personal empleado público que desee participar en proyectos de cooperación para el desarrollo financiados por el Fondo Castellano-Manchego de Cooperación o con cargo a las partidas de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha destinadas a esta materia podrá obtener un permiso sin retribución, a disfrutar de forma continuada, cuya duración coincidirá con la de su participación en el proyecto, sin que en ningún caso pueda ser superior a dos años. Quienes hayan disfrutado este permiso no podrán obtener otro para el mismo o diferente proyecto hasta que hayan transcurrido tres años desde la finalización del permiso concedido.