PERMISO
•Permiso incluyendo al cónyuge o pareja.
DOCUMENTACIÓN
•Solicitud.
•Certificado médico.
OBSERVACIONES
•Previo aviso al centro de trabajo, justificando la necesidad de realizarlo en horario laboral.
•Permiso retribuido a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, en caso de gestación múltiple desde la semana 35.
NORMATIVA
[ RDL 5/2015 TREBEP art. 48 e) y D.A. 16ª ]
[ Ley 4/2011 CLM art. 107.2 e) y f) ]
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.