PERMISO
•MÁXIMO 3 AÑOS
DOCUMENTACIÓN
•Podrá solicitarse en cualquier momento a partir del nacimiento, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo. Su duración máxima será de 3 años desde el hecho causante. Un nuevo sujeto causante generador de una nueva excedencia pone fin a la que se viniera disfrutando. Solo se podrá disfrutar una vez por sujeto causante.
OBSERVACIONES
•Será computable a efectos de trienios, carrera y derechos en el régimen de Seguridad Social que sea de aplicación.
•Se reservará el puesto de trabajo de adscripción definitiva.
•Se pueden realizar cursos de formación.
•Transcurrido 1 mes desde su solicitud se entiende estimada.
NORMATIVA
[ RDL 5/2015 TREBEP art. 89.4 ]
[ Ley 4/2011 CLM art. 119.1 ]
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.