PERMISO
•MÁXIMO 18 MESES
•Derecho de un 100% de las retribuciones durante los doce primeros meses y del 75% durante el resto.
•Durante los dos primeros meses tendrá derecho a las retribuciones íntegras y a las prestaciones por hijo a cargo, en su caso.
OBSERVACIONES
•El puesto se reservará durante los 6 primeros meses y se computará a efectos de antigüedad, carrera y derechos del régimen de Seguridad Social.
•Se podrá prorrogar por 3 meses si las actuaciones judiciales lo exigen (máximo 18).
NORMATIVA
[ RDL 5/2015 TREBEP art. 89.5 ]
[ Ley 4/2011 CLM art. 120 ]
Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.